IMSS FIRMA ACUERDO PARA PROTEGER INTEGRIDAD DE TRABAJADORES DEL SECTOR SALUD

IMSS FIRMA ACUERDO PARA PROTEGER INTEGRIDAD DE TRABAJADORES DEL SECTOR SALUD

Ciudad de México. – El director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, y el secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), Arturo Olivares Cerda, firmaron un acuerdo para implementar medidas que permitan salvaguardar la salud y seguridad de sus trabajadores, al tiempo de dar continuidad a las actividades y mantener el funcionamiento del Seguro Social.


Los trabajadores con mayor riesgo de complicaciones en caso de infección por COVID-19 podrán desempeñar sus funciones desde su domicilio, esto es personal de 65 años o más; mujeres embarazadas o en etapa de lactancia; aquellos con padecimientos crónico degenerativos: enfermedades cardiovasculares descompensadas, de tipo pulmonar, en riñón e hígado y diabetes mellitus descontrolada.


También personas que viven con VIH, que tengan inmunosupresión, con obesidad mórbida (su Índice de Masa Corporal es igual o mayor a 40), con padecimientos que médicamente se justifiquen, y quienes presenten enfermedades respiratorias que hayan sido observadas en su jornada laboral y/o en su domicilio.


El acuerdo observa que se deberán tomar las medidas necesarias a fin de asegurar la continuidad de los procesos sustantivos institucionales para la contratación de las categorías indispensables de operación, al privilegiar los requerimientos relacionados con servicios médicos, de limpieza e higiene y del sector técnico de guardia.


Entre los acuerdos se plantea que el servicio de guarderías se mantendrá para personal de la salud que realiza funciones esenciales y se reforzará el filtro de entrada con un médico general. Se procurará que las trabajadoras y trabajadores con hijos menores de 12 años de edad en etapa escolar y/o que tengan alguna discapacidad, realicen sus actividades en casa.


Se suspende la capacitación presencial para personal activo y de nuevo ingreso; sólo será considerada la capacitación en línea que proporcione conocimientos teóricos y prácticos necesarios para comprender la epidemia y evitar su propagación  y contagio. Para ello, se facilitarán los medios necesarios para la capacitación con el uso de medios electrónicos para la comunicación de educación en SALUD.


Los prestadores de servicio social, a excepción de los que laboran en áreas de atención hospitalaria, realizarán sus actividades en su domicilio particular.

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Redacción

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