ENDURECE CONGRESO DE VERACRUZ PENAS POR MALTRATO ANIMAL

ENDURECE CONGRESO DE VERACRUZ PENAS POR MALTRATO ANIMAL

Xalapa, Ver.- Penas de hasta 175 mil pesos aprobó el Congreso del estado en contra de quienes incurran en el delito de maltrato animal, en nuevas conductas como el abuso sexual, el abandono y la sustracción.

El dictamen, que obtuvo 39 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, suscrito por las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Medio Ambiente, Recursos Naturales, Cambio Climático y de Protección y Bienestar Animal, deriva de la Iniciativa presentada por el Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), que propuso un conjunto de adiciones y reformas al Código Penal, a la Ley de Protección a los Animales y a la Ley de Protección Ambiental, todos del estado de Veracruz, les fue turnada durante la Novena Sesión Ordinaria del 21 de mayo de 2026.

Las reformas al Código Penal aprobadas prevén la imposición de uno a cuatro años de prisión y multa de 150 a 600 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento de los hechos a quien intencionalmente incurra en conductas de maltrato o crueldad contra un animal y, como consecuencia, le cause sufrimiento o lesiones.

A quien intencionalmente incurra en conductas de maltrato o crueldad contra un animal y, como consecuencia, le cause la muerte, se le impondrán de tres a seis años de prisión y multa de 600 a mil 500 veces el valor diario de la UMA vigente al momento de los hechos.

En el mismo sentido, las reformas a la Ley de Protección a los Animales delimitan las atribuciones penales y administrativas, precisan las competencias de la Secretaría de Salud y de los ayuntamientos respecto de los centros de salud animal, sujetan el ingreso al domicilio a consentimiento o control judicial y ordenan las medidas de rescate y custodia.

Las adiciones a la Ley Estatal de Protección Ambiental incorporan las definiciones de animal y de fauna doméstica abandonada en congruencia con la Ley General de Vida Silvestre, que comprende a los ejemplares o poblaciones ferales dentro de la vida silvestre, y resultan acordes con los Objetivos 15 y 16 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

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Redacción

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