¡YA ES DELITO! HASTA CINCO AÑOS DE PRISIÓN POR PINCHAZOS EN EL METRO

¡YA ES DELITO! HASTA CINCO AÑOS DE PRISIÓN POR PINCHAZOS EN EL METRO

CIUDAD DE MÉXICO.- El Congreso capitalino llevó al Código Penal el tema de los pinchazos en el Metro, delito para el que estableció una pena de dos y hasta cinco años de prisión.

La pena prevista se incrementará hasta en una mitad cuando: la sustancia administrada sea psicoactiva, narcótica, psicotrópica o tóxica; ponga en peligro la vida o salud de la víctima; la víctima sea niño, niña, adolescente, mujer, persona con discapacidad, adulta mayor o de un grupo de atención prioritaria; se cometa en medios de trasporte; tenga como finalidad la comisión de otros delitos; se realice por dos o más personas; o se efectúe en un lugar cerrado o con acceso restringido.

Por lo tanto, se podrían establecer hasta 7.5 años de cárcel por este ilícito.

La reforma se tituló ‘en materia de sumisión química por pinchazo’ y fue presentada por la jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina.

A nombre de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, el diputado Alberto Martínez Urincho (Morena) resaltó la importancia de actualizar e incorporar nuevos tipos penales para proteger a la población de nuevas formas de criminalidad.

Recordó que en las últimas semanas se ha registrado en la Ciudad de México un incremento de las denuncias por presuntos “pinchazos” en espacios públicos, especialmente en el Sistema de Transporte Colectivo Metro.

Indicó que esta práctica delictiva consiste en introducir de manera oculta o subrepticia un objeto punzocortante en el cuerpo de una persona, sin su consentimiento, con el posible propósito de administrar sustancias que alteren su estado físico o mental.

De acuerdo con las denuncias presentadas hasta ahora, las víctimas han reportado síntomas como mareo, somnolencia, confusión y desorientación después de recibir el “pinchazo”, lo que evidencia un riesgo para su integridad, salud y autonomía personal.

Destacó que la legislación penal vigente “no contempla de manera específica la modalidad de agresión que implica la administración subrepticia de sustancias mediante pinchazos, lo que significa que esta conducta no está tipificada como un delito autónomo”, lo que limita la capacidad de las autoridades para investigar y sancionar de manera efectiva estas conductas, al depender de figuras jurídicas que no fueron diseñadas para atender esta nueva modalidad delictiva.

La reforma aprobada establece que se adiciona un Capítulo III Ter Administración subrepticia de sustancias al Título Primero Delitos contra la vida, la integridad corporal, la dignidad y el acceso a una vida libre de violencia del Libro Segundo Parte Especial y un artículo 141 Quáter del Código Penal para el Distrito Federal.

Compartir en:

Redacción

Portal de noticias del Estado de Veracruz y la zona de altas montañas.