VALIDAN DIPUTADOS REFORMA PARA PROTEGER LA SIEMBRA DE MAÍZ NATIVO EN VERACRUZ

VALIDAN DIPUTADOS REFORMA PARA PROTEGER LA SIEMBRA DE MAÍZ NATIVO EN VERACRUZ

Xalapa, Ver.- El Congreso de Veracruz otorgó 41 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones a la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 4° y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de conservación y protección de los maíces nativos; proyecto remitido a las legislaturas estatales por la Cámara de Senadores.

El párrafo tercero del referido artículo 4° establece que “Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará”. La reforma propuesta en la minuta añade que “México es centro de origen y diversidad del maíz, que es un elemento de identidad nacional, alimento básico del pueblo de México y base de la existencia de los pueblos indígenas y afromexicanos. Su cultivo en el territorio nacional debe ser libre de modificaciones genéticas, producidas con técnicas que superen las barreras naturales de la reproducción o la recombinación, como las transgénicas. Todo otro uso del maíz genéticamente modificado debe ser evaluado en los términos de las disposiciones legales, para quedar libre de amenazas para la bioseguridad, la salud y el patrimonio biocultural de México y su población. Debe priorizarse la protección de la biodiversidad, la soberanía alimentaria, su manejo agroecológico, promoviendo la investigación científica-humanística, la innovación y los conocimientos tradicionales”.

A su vez, en el párrafo primero de la fracción XX del artículo 27 del mismo ordenamiento federal se amplían los alcances y las acciones del Estado, el cual “promoverá las condiciones para el desarrollo rural, cultural, económico y de salud, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina su bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, fomentará la actividad agropecuaria y forestal, cultivos tradicionales con semillas nativas, en especial el sistema milpa, para el óptimo uso de la tierra libre de cultivos de maíz genéticamente modificado, en los términos definidos en el artículo 4o., con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación, investigación, innovación, conservación de la agrobiodiversidad y asistencia técnica, fortaleciendo las instituciones públicas nacionales. Asimismo, expedirá la legislación reglamentaria para planear, organizar y monitorear la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público”.

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Redacción

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